Esto les permite quitarse de encima las acciones coactivas de cobro y que sus empleados continúen beneficiándose con todas las prestaciones de la Seguridad Social.

A finales de junio de 2023, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) incorporó algunas facilidades a los Acuerdo de Pago Parcial (APP), para que los empleadores se pongan al día en sus obligaciones patronales vencidas.

Con base en la Resolución CD 658, el Consejo Directivo del IESS aprobó esta reforma a los artículos 164 y 165 del Reglamento de Afiliación, Recaudación y Gestión de Cartera, que guardan relación con el Acuerdo de Pago Parcial.

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Desde la vigencia de la reforma, hasta la tercera semana de agosto, el área de Cartera del IESS Manabí procesó 301 APP con plazos de 2 a 36 meses y 57 APP con plazos de 37 a 72 meses. Los empleadores accedieron a estos acuerdos tramitándolos en el sitio web del Instituto y de forma presencial en las ventanillas de Cartera y Coactiva, ubicadas en los centros de Atención.

Pero como esos empleadores no son todo el universo deudor en Manabí, el director provincial (encargado) del IESS en Manabí, Vicente Zavala, renueva su llamado a quienes todavía no se han acogido a las facilidades de pago: “Invito a todos los empleadores que mantengan deudas con el IESS a realizar los acuerdos de pago parciales y acceder a estos beneficios que permiten cancelar cuotas más bajas hasta por 6 años y sin cuota inicial.”

Estos beneficios estarán disponibles hasta el 28 de febrero del 2024, y el objetivo es que el IESS recupere su cartera vencida para invertir estos recursos en la prestación de los servicios que se otorgan a las personas aseguradas.

A partir del 29 de febrero del 2024, los empleadores solo tendrán un plazo de hasta 4 años para cancelar sus obligaciones patronales vencidas, y deberán pagar una cuota inicial. Por ello, se sugiere acogerse a las facilidades vigentes en el plazo previsto.

Es importante considerar que, por una sola ocasión, los empleadores podrán suscribir un nuevo acuerdo de pagos, siempre que la sumatoria de los dividendos pagados del primer acuerdo incumplido, y el plazo del segundo acuerdo, no sea igual o superior a 7 años.

El pago de intereses por mora, generados por la obligación; y los valores de retenciones como cuota inicial, son prorrateados de acuerdo al plazo solicitado por el empleador y/o contratante del seguro, sin incrementar más interés por estos rubros.

Hasta el 28 de febrero del 2024, los títulos de crédito en fase de ejecución coactiva, sobre los que no se hubiere dictado medidas cautelares, podrán acogerse a este beneficio, siempre que previamente se haya efectuado la cancelación de honorarios a los abogados externos.

Datos complementarios

• La mora de empleadores del IESS Manabí supera los 150 millones de dólares.

• Con la reforma se amplía a tres cuotas antes de anular el acuerdo y continuar con la recaudación por la vía coactiva. Anteriormente, con solo una cuota vencida se transfería a título de crédito y se iniciaban acciones mediante los gestores.

FUENTE: Dirección Provincial del IESS en Manabí (Portoviejo, Ecuador), mediante boletín firmado por Tatiana Vera Arteaga, comunicadora social para esa dependencia institucional; más la foto que se adjunta.