La norma fue aprobada por el Consejo de la Judicatura, en Quito, el día martes 10 de diciembre del 2024. Regulará todos los aspectos relacionados con la renovación, exclusión, gestión, administración y disciplina de peritos que sirvan a la Función Judicial, en cualquier lugar del país.
Este Reglamento, que contiene 66 artículos, determina el procedimiento para la calificación de peritos. Detalla deberes, inhabilidades y obligaciones, y fija reglas para su designación.
También se regulan las obligaciones de los servidores designados como responsables de la coordinación del Sistema Pericial.
Ejemplos
Para acreditarse como perito del Consejo de la Judicatura, toda persona debe estar previamente acreditada. Esto no será obligatorio en el caso que se trate de una o un experto extraordinario o que no tenga su domicilio en Ecuador y que sea designado como tal cuando en el país no existan peritos de la especialidad correspondiente.
Se incluye el procedimiento de excusa de peritos y recusación, si estos recaen en una de las causales determinadas en la normativa, exceptuando los procesos penales. Para esto último se acogerán a las reglas determinadas en el artículo 511 del COIP (Código Orgánico Integral Penal).
La designación de este tipo de profesionales se realizará, mediante sorteo, en el sistema informático pericial a fin de cumplir con los principios de transparencia, equidad, celeridad, igualdad e imparcialidad.
Adicionalmente, se determina que los peritos calificados deben aprobar un curso básico, por lo menos uno al año; y se establecen las causas para las inhabilidades temporales y permanentes.
Los peritos se sujetarán al régimen disciplinario establecido en el Código Orgánico de la Función Judicial.
El registro de los peritos calificados se realizará de acuerdo con el Catálogo de Especialidades Periciales del Consejo de la Judicatura, el mismo que estará situado en el Sistema Informático Pericial de la Función Judicial.
El Reglamento fue aprobado en sesión ordinaria del Consejo de la Judicatura, con el voto de los vocales Yolanda Yupangui, Solanda Goyes, Merck Benavides y Mario Godoy, presidente.
FUENTE: Dirección Nacional de Comunicación Social del Consejo de la Judicatura (Quito, Ecuador), mediante boletín y foto cursados a través de su corresponsal en Portoviejo, provincia de Manabí, periodista Johnatan Gines.
