En Ecuador está vigente un mandato legal que obliga al Ministerio de Finanzas a devolver oportunamente el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que generan consumos pagados por personas discapacitadas y de tercera edad, valores que recauda el Servicio de Rentas Internas (SRI).
Pero ese mandato es incumplido regularmente y ha llevado a la parte perjudicada a demandar judicialmente que se cumpla su legítimo derecho, en el momento debido.
Reclamo judicializado
La demanda ha sido planteada en un Juzgado de Guayaquil, según revelan informaciones publicadas recientemente por los periódicos virtuales guayaquileños Expreso y El Universo, así como por El Diario de Manabí.
De acuerdo al reclamo, el Ministerio de Finanzas está retrasado hasta en 8 meses con aquella devolución; pero el mandato legal respectivo estipula plazos máximos de dos meses para devolver el IVA a personas de la tercera edad; y de tres meses para las personas discapacitadas.
Retraso sin razón
El reclamo hace notar que no hay razón para semejante retraso, puesto que se trata de una devolución. Es decir, el Ministerio de Finanzas ha recaudado el dinero causado por el IVA y pagado en cada consumo, y no puede distraerlo en otra cosa que no sea la devolución a sus beneficiarios finales, en este caso las personas discapacitadas y las de tercera edad.
Sirve a personas muy necesitadas
Así mismo se subraya el hecho de que, siendo un mandato legal vigente desde hace muchos años, las personas beneficiarias de la devolución ya la tienen comprometida en gastos indispensables de subsistencia diaria, muchas veces emergentes (alimentación, atención médica, vestuario, etc.). ¡Y para muchos beneficiarios este es su único sustento!
Y, ciertamente, la gran mayoría de personas de la tercera edad y de las discapacitadas, carecen de ingresos suficientes para su subsistencia diaria. Retrasar la devolución del IVA que les corresponde agrava su precariedad y resulta un despropósito injusto e intolerable.
