Quienes ahora mismo se hallen ejerciendo funciones de presidenta o presidente de una Corte Provincial de Justicia ecuatoriana, quedan hábiles para integrar de forma permanente la respectiva sala judicial a la que pertenecen. Esto lo acaba de aprobar el Consejo Nacional de la Judicatura, reunido en pleno en la ciudad de Quito.

Para el efecto, el Consejo de la Judicatura promulgó la resolución 117 – 2019, suscrita el 17 de julio.

La disposición fue adoptada en consideración de que, por decisiones del precedente Consejo de la Judicatura transitorio, los presidentes de las cortes de justicia cumplían exclusivamente tareas administrativas y no ejercían competencias jurisdiccionales, como corresponde.

Con la decisión reciente, los servidores judiciales que presidan una Corte Provincial, se integrarán al despacho de las causas pendientes en sus tribunales de origen. Esto, según el Consejo de la Judicatura en funciones, incrementará la productividad y la eficiencia de esas instancias y se fortalecerá el trabajo para proyectos futuros, como el cambio de modelo de gestión judicial.

De igual forma, la Judicatura considera que la presencia activa de los presidentes de Corte en sus respectivas salas, permitirá evitar las audiencias fallidas y aportará en el uso eficiente de los recursos de la Función Judicial.

Para la expedición de esta resolución, el Consejo de la Judicatura aplicó las disposiciones contempladas en el artículo 181 de la Constitución ecuatoriana, así como en el segundo inciso del artículo 210 del Código Orgánico de la Función Judicial; y, el numeral 8, del artículo 264 de esta última normativa.

FUENTE: Consejo de la Judicatura (Quito), mediante boletín con firma de su Dirección Nacional de Comunicación.