En su sesión extraordinaria No. 179-2023, el pleno del Consejo de la Judicatura del Ecuador aprobó, por unanimidad de los presentes, la Resolución 194-2023 que expide el Reglamento de Divorcio o la Terminación de la Unión de Hecho, por mutuo consentimiento, en las notarías del país.
La entidad aprobó el “Formulario para divorcio por mutuo consentimiento” y el “Formulario para terminación de la unión de hecho por mutuo consentimiento”. De esta forma, se da efectivo cumplimiento a la sentencia No. 7-16-IN/21
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El Reglamento, que contiene nueve artículos, dos disposiciones generales y cuatro disposiciones transitorias, determina que en los trámites notariales en referencia se debe presentar, obligatoriamente, el formulario correspondiente y los documentos que respalden el estado civil, la identidad, y la ciudadanía de los intervinientes.
En el caso de tener hijos menores, se debe presentar, además, el acta o resolución judicial sobre tenencia, visitas y alimentos. Este requisito asegura la validez del proceso y la fe pública.
También se determina con exactitud el procedimiento que deben seguir las personas que ejercen como notarias y notarios cuando conozcan estos casos, evitando la subjetividad en la incorporación de trámites complementarios que, antes de la vigencia del Reglamento, encarecían injustificadamente el costo final del servicio.
La Dirección Nacional de Innovación del Consejo de la Judicatura, en coordinación con cada Dirección Provincial de tal organismo, vigilará que notarias y notarios de todo el país cumplan el Reglamento.
FUENTE: Dirección Nacional de Comunicación Social del Consejo de la Judicatura (Quito, Ecuador), mediante boletín con su firma.
