El orden constitucional y la democracia en los gobiernos locales no se negocian. Lo que ocurre actualmente en el cantón Portoviejo es un experimento peligroso para la institucionalidad del Ecuador: un funcionario destituido por la máxima autoridad electoral que se rehúsa a abandonar el cargo, respaldado por un Concejo Municipal que ha decidido cambiar su rol de legisladores por el de cómplices de un desacato flagrante.
La ley en el Ecuador es clara, aunque algunos pretendan ignorarla para retener el control de los recursos públicos. Cuando el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) ratifica la pérdida de los derechos políticos de una autoridad, la cesación de sus funciones es inmediata y obligatoria. No está sujeta a debate, no requiere la aprobación de los concejales, ni puede ser frenada por componendas políticas de pasillo. El artículo 334 del COOTAD establece taxativamente que la pérdida de estos derechos configura una ausencia definitiva. A partir de ese segundo, el alcalde de facto se convierte en un ciudadano común sin competencias legales.
El silencio cómplice del Concejo Municipal
El papel de los concejales en esta crisis es inadmisible. Su función primordial es fiscalizar y legislar, garantizando que el municipio opere bajo el marco de la ley. Al negarse a viabilizar la sucesión constitucional —donde la vicealcaldesa debe asumir la titularidad de forma definitiva— el cuerpo edilicio arrastra a la ciudad a una inseguridad jurídica sin precedentes.
Este blindaje político no es gratuito; responde a la desesperación por mantener cuotas de poder y asegurar la continuidad de proyectos proselitistas con miras a futuras elecciones. Sin embargo, los concejales deben recordar que el Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona con cárcel el Incumplimiento de Decisión Legítima de Autoridad Competente (Artículo 282). Al confabularse para desconocer una sentencia del TCE, están firmando su propio boleto hacia la destitución y la fiscalización penal.
Campañas con dinero público y fondos negros: El fraude electoral definitivo
A la usurpación del cargo se suma una trampa aún más lesiva para el cantón: el uso de la infraestructura del cabildo y de dinero oculto para inflar artificialmente una nueva candidatura delfín. Apoyar un proyecto político utilizando vehículos oficiales, personal municipal en horas laborables o el presupuesto de las arcas públicas es una violación directa a la legislación vigente.
Pero el abuso no se detiene en el desvío de los impuestos locales. El ingreso de fondos no declarados para financiar mítines, propaganda y movilizaciones configura el delito de financiamiento ilícito de campañas, penado con la descalificación inmediata de los candidatos beneficiados según el Código de la Democracia. Cuando un político recibe dinero por debajo de la mesa y oculta sus fuentes de financiamiento, abre la puerta al lavado de activos y a pactos de corrupción con proveedores oscuros que luego vendrán a cobrarse el favor con los contratos de la ciudad. Este esquema es doblemente criminal: le roba el presente al municipio desfondando su caja chica y empeña su futuro entregándolo a financistas anónimos.
Un municipio operando en la ilegalidad penal
La permanencia forzada en el despacho municipal no otorga legalidad. El artículo 287 del COIP tipifica el delito de Usurpación de Funciones Públicas, sancionado con hasta tres años de prisión. Cada contrato firmado, cada nombramiento emitido y cada centavo del presupuesto general que se movilice bajo una firma inhabilitada es nulo de pleno derecho.
Esto significa que los proveedores que hoy pactan con una administración de facto mañana no podrán cobrar legalmente, y los directores departamentales que acatan estas órdenes se convierten en coautores de desvío de fondos públicos (peculado). El dinero de los ciudadanos, que debería destinarse a obras, seguridad y servicios básicos, está siendo secuestrado para sostener una estructura de poder ilegítima.
La ruta democrática para recuperar el cantón
La ciudadanía no puede ni debe normalizar la política sucia. Frente a la inacción del Concejo, las instituciones del Estado deben actuar con la contundencia que la crisis amerita:
1.- El Banco Central del Ecuador (BCE) debe proceder de inmediato al bloqueo de las claves fiscales y firmas autorizadas de la alcaldía. Sin acceso a las cuentas bancarias, el flujo de dinero se corta y la administración de facto se desploma por su propio peso.
2.- La Fiscalía General del Estado debe intervenir de oficio ante la flagrante usurpación de funciones y procesar penalmente a quienes desacatan las sentencias de última instancia.
3.- El Tribunal Contencioso Electoral debe aplicar sanciones máximas y destituir a los concejales omisos que bloquean la sucesión legal.
La ley se cumple, no se negocia. Es hora de activar las veedurías ciudadanas, la resistencia pacífica y las demandas judiciales necesarias para tumbar un fraude que avergüenza a la provincia y al país. La dignidad de una ciudad no se empeña a cambio de impunidad.
© 23.06.2026 JORGE LUIS BOWEN LOOR – jorgebowen@hotmail.es
