“Todo está claro, señores de ATUNEC y MSP; nada de discrepancias. Solo deben atender lo que consagra la Constitución en favor de los derechos de los tripulantes del barco atunero”.
Jesús Tomalá Pinto* / Manta / 15-06-2020

En los últimos días, con mucha preocupación se ha dado a conocer que, dentro de un barco atunero de propiedad de una de las empresas atuneras de Manta, se encuentra contagiada por COVID-19 toda su tripulación, la gran mayoría ciudadanos mantenses; razón por la cual existe un alto nerviosismo en los familiares de los tripulantes, quienes aún no saben sobre el estado de salud de sus familiares.
Hasta aquí todo sería cuestión de esperar la llegada del barco atunero CHARO al puerto de Manta, para saber cómo se encuentran los tripulantes. Aquello parece que está lejos de ser realidad, ya que existen diferencias entre el Ministerio de Salud y la Asociación de Atuneros del Ecuador (ATUNEC), sobre el procedimiento que se debe tomar una vez que el CHARO ingrese a la rada del puerto de Manta, puesto que esta última institución propone que los tripulantes guarden cuarentena dentro de la embarcación.
Esta actitud de los directivos de ATUNEC va en contra del artículo 358 de la Constitución, que establece que el sistema nacional de salud tendrá por finalidad el desarrollo, protección y recuperación de las capacidades y potencialidades para una vida saludable e integral. Así mismo, el artículo 359, que consagra que el sistema nacional de salud comprenderá las instituciones, programas, políticas, recursos, acciones y actores en salud; abarcará todas las dimensiones del derecho a la salud; garantizará la promoción, prevención, recuperación y rehabilitación en todos los niveles. Así también va en contra del artículo 361, que resalta que el Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad sanitaria nacional, será responsable de formular la política nacional de salud, y normará, regulará y controlará todas las actividades relacionadas con la salud. Y, el artículo 362, que establece que la atención de salud como servicio público se prestará a través de las entidades estatales.
Todo está claro, señores de ATUNEC y MSP; nada de discrepancias. Solo deben atender lo que consagra la Constitución en favor de los derechos de los tripulantes del barco atunero CHARO y permitir que ellos sean trasladados, como lo propone el MSP, al campamento de la refinería del Aromo, con todas las medidas de protección de bioseguridad y se les provea de atención médica urgente, con el ánimo de precautelar la vida de todos ellos.