El Consejo de la Judicatura (CJ) del Ecuador ha puesto en conocimiento del público -y en particular de los miembros de instituciones académicas, organizaciones de la sociedad civil y otras relacionadas con los ámbitos del Derecho-, que pueden presentar impugnaciones o denuncias, debidamente motivadas, sobre la actuación de agentes fiscales, fiscales de adolescentes infractores y fiscales provinciales (mujeres y hombres en los tres casos), que forman parte del proceso de evaluación impulsado por aquel.

Para ello, el CJ explica que pueden ingresar a su página www.funcionjudicial.gob.ec y en la ventana “Evaluación de desempeño y productividad de agentes fiscales (…)”, dar clic en ACCESO AL SISTEMA DE DENUNCIAS CIUDADANAS. También pueden acceder directamente a través del siguiente enlace: https://denunciasfiscales.funcionjudicial.gob.ec/. Ahí se encuentra el formulario de impugnación o denuncia ciudadana, en el cual deben registrarse los datos de quien denuncia, de la fiscal o el fiscal denunciado, así como información de los fundamentos de hecho y de derecho.

El CJ dice que, de esta manera, él cumple con lo previsto en el artículo 34 del Reglamento de Evaluación de Desempeño y Productividad  de Agentes Fiscales, Fiscales de Adolescentes Infractores y Fiscales Provinciales, expedido por el pleno del CJ mediante resolución N° 022-2020 y su reforma contenida en la resolución N° 092-2020.

El CJ añade que le es de suma importancia el control social, ya que a través de la participación activa de miembros de la sociedad civil e instituciones de educación superior, se puede fortalecer la transparencia y la objetividad de los diferentes procesos de evaluación de desempeño y de productividad en la Función Judicial.

En este sentido, la evaluación de agentes fiscales, fiscales de adolescentes infractores y fiscales provinciales, cuenta con una veeduría ciudadana conformada por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, que es la encargada de vigilar la transparencia y objetividad del proceso.

El propósito de este proceso -prosigue el CJ- es determinar los niveles de calidad en el desempeño y productividad de las fiscales y los fiscales al ejercer sus funciones, además de constituir equipos de trabajo altamente eficientes en la investigación pre procesal y procesal penal; y contribuir al mejoramiento de la calidad de los servicios de la Fiscalía General del Estado.

La evaluación se cumple bajo criterios técnicos cualitativos, cuantitativos, de legitimidad y de transparencia. En total, serán evaluados 828 fiscales, por sus actuaciones comprendidas entre el 1 de enero del 2016 al 31 de diciembre del 2019. Este es un proceso interinstitucional que se ejecuta con la participación de la Fiscalía General del Estado.

El CJ aclara que impulsa este proceso con base en lo que disponen la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial, recordando además que ese acto es parte de su segundo eje de gestión, que es el fortalecimiento institucional a través de la capacitación, evaluación y tecnificación de los servidores judiciales.

FUENTE: Boletín fechado en Quito (Ecuador) el día 30 de octubre del 2020 y remitido a REVISTA DE MANABÍ, con la foto destacada adjunta, por la Dirección Nacional  de Comunicación del Consejo de la Judicatura.

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