La Corte Nacional de Justicia del Ecuador dice hallarse preocupada por “los hechos irregulares y abusivos” de algunos juzgadores cantonales.
Este contenido es parte de REVISTA DE MANABÍ
El presidente de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) del Ecuador, Iván Saquicela Rodas, ha dirigido un oficio al presidente del Consejo de la Judicatura (CJ), Álvaro Román Márquez, expresándole que la primera está muy preocupada frente a la desnaturalización del uso de las garantías jurisdiccionales.
Pone como ejemplo de esto último, los hechos irregulares y abusivos ocurridos recientemente en los cantones Manglaralto, Paján, Portoviejo, Montecristi, Santo Domingo y otros (de donde salieron providencias judiciales favoreciendo a personas sentenciadas, unas, y entorpeciendo el trabajo de la Asamblea Nacional, otras), lo cual ha puesto en riesgo la seguridad jurídica y la tutela judicial efectiva, generando cuestionamientos a la Función Judicial.
Saquicela dice que la CNJ, con el afán de contribuir y sumar esfuerzos para el mejoramiento de la justicia en el Ecuador, presenta una solicitud para que el CJ examine su viabilidad y pertinencia.
Añade que, actualmente, uno de los principales problemas es la multiplicidad de acciones constitucionales presentadas por terceros a favor de una misma persona afectada. Por lo que resulta necesario que el propio SATJE (Sistema Informático de Trámite Judicial) filtre automáticamente estos resultados a fin de impedir que se interponga varias acciones en forma simultánea o sucesiva por el mismo acto u omisión, evitando así el uso arbitrario del derecho que se encuentra determinado en el artículo 23 de la LOGJCC (Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional).
En función de aquello, la Corte ha solicitado al Consejo de la Judicatura que se tomen las siguientes medidas informáticas en cuanto a dicho sistema:
1. Habilitar dentro del SATJE un casillero exclusivo para el ingreso del nombre del beneficiario de la acción; es decir, aparte de los casilleros: ACTOR/OFENDIDO, DEMANDADO/PROCESADO, y NÚMERO DE PROCESO, deberá constar adicionalmente un casillero principal para registrar a la PERSONA AFECTADA/BENEFICIARIO, dato que debe ser obligadamente ingresado al momento de registrar la solicitud de garantía jurisdiccional al sistema para su sorteo.
Esto traerá como resultado la inmediata verificación de la existencia o no de garantías simultáneas a fin de evitar el ingreso de múltiples acciones a favor de una misma persona, pero que han sido interpuestas por terceros. Esto posibilitará cumplir lo establecido por la LOGJCC; y, así mismo, evitará posibles actos de corrupción dentro del sistema de justicia.
Entonces, el juez que primero conozca de la causa mediante sorteo, será el responsable y competente de tramitar el proceso. De esta manera se evitará que la misma persona tenga varias acciones presentadas a su favor, esperando que sea un juez determinado quien tramite la causa.
2. Posterior a la modificación de la plataforma SATJE, emitir mediante circular, resolución o instrumento que el Consejo de la Judicatura considere pertinente, la obligatoriedad de que cada Dirección Provincial suya transmita esta directriz a los funcionarios encargados de la recepción de los escritos, para que al momento del ingreso de cualquier garantía constitucional se registre el nombre del beneficiario en el sistema.
Las juezas, jueces, conjuezas y conjueces nacionales, consideran que es momento de aunar voluntades, buscar soluciones y empezar a dar los pasos para elevar el poder judicial como un referente nacional y regional, siendo una tarea ardua y conjunta, pero que valdrá la pena.
FUENTE: Boletín oficial de la Corte Nacional de Justicia (Quito, Ecuador), remitido con firma de su Dirección Nacional de Comunicación Social.