Una propuesta de reforma legal, para que la emisión de boletas de apremio sea oportuna en casos de incumplimiento del pago de pensiones alimenticias, va a la Asamblea Nacional de la República para su conocimiento y resolución. Ocurrirá la próxima semana y quien lleva el planteamiento es el Consejo de la Judicatura (CJ).

La decisión fue adoptada el día martes 29 de agosto en Quito, durante la reunión de trabajo que mantuvieron las autoridades de la Mesa de Justicia del CJ.

Al respecto, el presidente del CJ, Gustavo Jalkh, explicó que en el encuentro se analizaron los efectos de la resolución que en mayo último expidió la Corte Constitucional, mediante la cual dispuso que en el caso de incumplimiento de pago de dos o más pensiones alimenticias, y a petición de parte, se ordene la prohibición de salida del país del deudor y se convoque audiencia para determinar medidas de apremio en su contra.

De acuerdo a lo que explicó Jalkh, la aplicación de esta disposición produce una carga extra de trabajo en las unidades judiciales de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia del país, que entre junio y julio del presente año recibieron 5000 solicitudes de boletas por mes.

“Lo que se está provocando es que el trabajo de los jueces se triplique, con lo cual no todas las solicitudes de apremio se pueden atender en el mismo mes, y muchas audiencias se están (poniendo en agenda) para el mes siguiente (…) Esto deja en la indefensión a las familias y niños que tienen que esperar largo tiempo”, señaló Jalkh.

Para ejemplificar esta situación, la directora nacional de Gestión Procesal del CJ, Connie Frías, informó que en el Distrito Metropolitano de Quito, entre junio y julio, se convocaron 2654 audiencias de este tipo. Solo el 66 % de ellas (1451) se realizó, lo que refleja un evidente retraso en el cumplimiento de estas diligencias.

Frente a esta realidad, el titular del CJ afirmó que, en el marco del debate que se realiza en la Asamblea sobre reformas al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, se debe incluir una disposición que ajuste el procedimiento y determine que a petición de parte se puede obtener primero la boleta y, ya con ella, realizar inmediatamente la audiencia para establecer si existe mala fe por parte del deudor de las pensiones; y, de ser el caso, disponer medidas alternativas al apremio.

La presidenta de la Comisión Legislativa de Justicia, Marcela Aguiñaga, se pronunció en el mismo sentido y dijo que es necesario identificar mecanismos más ágiles para que los progenitores que están obligados al pago de pensiones puedan cumplir con sus obligaciones y de esta forma proteger los intereses de los niños, niñas y adolescentes.

Afirmó que hasta mediados de septiembre, la Comisión que preside tendrá listo el informe para primer debate de las reformas al Código. El compromiso es que en ese documento se incluya la propuesta del CJ.

FUENTE: Consejo de la Judicatura, mediante boletín informativo y foto enviados por la Dirección Nacional de Comunicación a través de su delegación en Manabí.- MANTA, 31 de agosto de 2017.
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