En las oficinas que tramitan materias civil, laboral, inquilinato, contencioso administrativo y tributario.
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Las personas profesionales del Derecho, que sirven al público en las dependencias judiciales jurisdiccionales de la provincia de Manabí (Ecuador), entrarán en período de receso desde 17 al 31 de marzo del 2023.
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Esa vacancia es un derecho establecido en el artículo 96 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ), reformado mediante la “Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico de la Función Judicial”; y contemplado, también, en la Resolución 141-2020 del pleno del Consejo de la Judicatura.
El receso únicamente rige para las unidades judiciales que tramitan procesos en materias civil, laboral, inquilinato, contencioso administrativo y contencioso tributario. Debido a esto, se suspenden los plazos y términos que corren para la tramitación de tales causas.
El receso judicial no se aplicará en las unidades judiciales y salas de la provincia que tratan materias penal, familia, mujer, niñez y adolescencia; violencia contra la mujer; tránsito; adolescentes infractores; garantías penitenciarias; unidades judiciales multicompetentes y oficinas de mediación.
Las acciones de garantías constitucionales que se presenten durante el receso judicial, serán conocidas, previo sorteo, por las juezas y los jueces que continúen laborando.
Se suspenderá, únicamente en las dependencias judiciales que se acogen al receso judicial, el ingreso de causas y escritos a través de las ventanillas físicas y del Módulo Externo de la Oficina de Gestión Judicial Electrónica.
Las actividades administrativas continuarán regularmente la atención de los servicios que requieran los usuarios de la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura en Manabí.
FUENTE: Boletín para medios, más foto, enviados por la Dirección Provincial de Comunicación del Consejo de la Judicatura en Manabí. Portoviejo, Ecuador.