El plazo es para partidos y movimientos políticos que participaron en las elecciones del domingo 5 de febrero del 2023.

En el marco de las Elecciones Seccionales celebradas en Ecuador el recientemente pasado domingo 5 de febrero, a las que se añadió la elección del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y el Referéndum 2023 planteado por el presidente de la República, las organizaciones políticas participantes deberán presentar las cuentas de sus respectivas campañas, obligación que estipula el artículo 230 del Código de la Democracia, dando un plazo de 90 días para hacerlo, después de haberse cumplido los comicios.

Así lo ha hecho saber, en Manabí, la Delegación Provincial del Consejo Nacional Electoral (CNE), añadiendo que, en caso de no presentar las cuentas de campaña, esa dependencia estatal remitirá el informe correspondiente al Tribunal Contencioso Electoral, conforme lo determina el artículo 234 del Código de la Democracia.

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El funcionario Johnatan Giler, quien dirige la Dirección Técnica de Participación Política en aquella Delegación, señaló que la persona responsable del movimiento económico de la campaña de cada partido o movimiento político, deberá presentar las cuentas con intervención de una contadora o un contador público autorizado.

Quien ejerza de contadora o contador liquidará, además, los valores correspondientes a ingresos y egresos de la campaña, presentando para ello un balance consolidado, el listado de contribuyentes con la determinación de los montos y los justificativos que la Ley prevé.

Giler llamó a las organizaciones políticas a cumplir con la normativa electoral, en los plazos establecidos, para evitar sanciones.

Funcionaria del CNE Manabí revisa el movimiento de una cuenta de campaña electoral. / FOTO: CNE Manabí / Portoviejo

La documentación, según la fuente aquí citada, deberá contener y precisar de forma clara: el monto de los aportes recibidos, la naturaleza de estos, su origen, el listado de contribuyentes, su identificación plena y la del aportante, el destino y el total de las sumas gastadas en el proceso electoral (por rubros, estados de cuenta y conciliaciones bancarias), así como los comprobantes de ingreso y de egresos, con las facturas o documentos de respaldo correspondientes.

La información entregada, finaliza la fuente informativa, será sujeta al respectivo examen de fiscalización de las cuentas de campaña electoral.

FUENTE: Delegación Provincial en Manabí (Portoviejo, Ecuador) del Consejo Nacional Electoral, mediante boletín y fotos enviados con su firma.

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