El caso de la economista Fressia Villacreses Poggi constituye un precedente que merece un profundo análisis jurídico e institucional. La ratificación de una condena de un año de prisión por el presunto delito de falso testimonio, derivada del ejercicio de garantías constitucionales, plantea interrogantes sobre la protección efectiva del derecho de participación ciudadana y del control social en un Estado constitucional de derechos y justicia.

La Constitución de la República del Ecuador reconoce, en su artículo 31, el derecho de todas las personas al disfrute pleno de la ciudad y de los espacios públicos. Asimismo, los artículos 61 y 83 garantizan la participación ciudadana y establecen como deber de los ecuatorianos intervenir en los asuntos de interés público. En ese contexto, la actuación del Movimiento Pro Defensa del Aeropuerto Reales Tamarindos buscó ejercer mecanismos constitucionales para fiscalizar actuaciones del GAD Municipal de Portoviejo y de Portovivienda relacionadas con un bien de dominio público.

Calificar la utilización de acciones constitucionales o la insistencia procesal como un presunto falso testimonio previsto en el artículo 270 del Código Orgánico Integral Penal desnaturaliza el propósito de las garantías jurisdiccionales. La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional contempla mecanismos para corregir eventuales abusos procesales sin que ello implique, como regla general, trasladar el conflicto al ámbito penal, el cual debe regirse por el principio de mínima intervención.

La utilización del derecho penal frente a controversias derivadas del ejercicio de derechos constitucionales puede producir un efecto inhibidor sobre la participación ciudadana. Cuando quienes ejercen el control social perciben el riesgo de enfrentar procesos penales por acudir a la justicia constitucional, se debilitan los mecanismos de fiscalización democrática y se afecta la confianza de la sociedad en las instituciones públicas.

En este contexto, la propia economista Fressia Villacreses Poggi ha manifestado su preocupación por la rapidez con la que fue emitida la sentencia, señalando que en menos de cuarenta y ocho horas ya existía una decisión condenatoria. De acuerdo con sus declaraciones, esta celeridad resulta inusual y genera legítimas inquietudes. Sin prejuzgar sobre la legalidad de la actuación judicial, cuando una resolución que restringe la libertad de una persona se dicta en un plazo tan breve, corresponde que las autoridades judiciales garanticen la máxima transparencia y demuestren que se respetaron íntegramente el debido proceso, el derecho a la defensa, la motivación de las resoluciones y la independencia judicial.

Este caso trasciende la situación particular de una persona. Si quienes ejercen acciones constitucionales para proteger bienes públicos pueden terminar enfrentando sanciones penales, cualquier organización ciudadana, ambiental, barrial o comunitaria podría verse desalentada a ejercer los derechos que la propia Constitución reconoce. Defender el patrimonio público no constituye un delito; representa una manifestación del compromiso ciudadano con el interés general.

Al mismo tiempo, este proceso invita a reflexionar sobre la necesidad de fortalecer el marco institucional del Ecuador. Corresponde al presidente de la República, a la Asamblea Nacional y a las demás instituciones competentes, impulsar las reformas constitucionales y legales que permitan superar los problemas estructurales que afectan la seguridad jurídica y el funcionamiento del Estado. Las soluciones a estos desafíos deben provenir del debate democrático y de los mecanismos previstos por la Constitución, evitando que la judicialización se convierta en la respuesta permanente a conflictos de naturaleza política o institucional.

Finalmente, la ciudadanía, la academia, los medios de comunicación y las instituciones de control tienen la responsabilidad de observar con atención este tipo de procesos. La defensa del patrimonio público, el respeto al debido proceso y la protección de la participación ciudadana constituyen pilares esenciales de toda democracia. Solo mediante instituciones transparentes, decisiones debidamente motivadas y un compromiso permanente con el Estado de derecho, será posible fortalecer la confianza de los ecuatorianos en la justicia y en sus instituciones.

Periodista Jorge Luis Bowen Loor.

© 25.07.2026 JORGE LUIS BOWEN LOOR – jorgebowen@hotmail.es