El pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) de Ecuador, reunido el 22 de abril del 2020, autorizó -mediante Resolución 040 -2020- a las personas que fungen de notarios del país a celebrar actos relacionados con el otorgamiento de escrituras públicas de promesas y de compra venta de bienes inmuebles, durante la emergencia sanitaria por la COVID-19.

La decisión fue adoptada de conformidad con las disposiciones previstas en la Resolución 035-2020 de 09 de abril del 2020, mediante la que el Consejo de la Judicatura dispuso el restablecimiento restringido del servicio notarial.

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La Dirección Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) del CJ, gestionará las adecuaciones tecnológicas que sean necesarias para habilitar, en el sistema informático respectivo, el trámite de los mencionados actos notariales.

La atención parcial en las notarías que están operativas a nivel nacional (excepto en Guayas) se restableció de forma progresiva desde el pasado 13 de abril. El servicio a la ciudadanía se cumple bajo estrictas condiciones de bioseguridad que permiten precautelar la vida y la salud de usuarias y usuarios, así como del personal notarial.

Durante la primera semana de servicio restringido (13 al 17 de abril del 2020), 138 notarías generaron 1.323 actos y contratos notariales. La mayoría de ellos en Pichincha (561), Tungurahua (227), Napo (127), El Oro (116) y Manabí (109). Los restantes en las otras provincias.

En cada provincia se atiende por turnos y en horarios específicos. La recepción de la documentación de cada acto o contrato se la realiza a través de correo electrónico.

FUENTE: Consejo de la Judicatura de Ecuador (Quito), mediante boletín firmado por su Dirección Nacional de Comunicación.
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