El Consejo de la Judicatura (CJ) del Ecuador asistió el 17 de julio de 2020, en pleno, a la sesión virtual de la Comisión Ocasional de Enmiendas y Reformas Constitucionales de la Asamblea Nacional, para exponer sus observaciones en temas relacionados con la Función Judicial, que se tramitan en esta instancia legislativa.

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La presidenta del CJ, María del Carmen Maldonado, explicó que el pleno de la institución ha hecho un análisis del proyecto de reformas constitucionales propuestas.

Manifestó que el planteamiento que prevé que la Asamblea pueda enjuiciar a los integrantes de la Corte Nacional de Justicia no es procedente, ya que implicaría una afectación directa a la independencia judicial, prevista en el artículo 168, numeral 1 de la Constitución de la República. Además, recordó que en la Carta Magna, y en la ley, ya existen mecanismos para controlar los actos irregulares de los jueces nacionales.

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Sobre la propuesta de una nueva forma de integración del CJ, que considera enviar siete representantes del Ejecutivo, siete de la Fiscalía del Estado y siete del Pleno de la Cámara de Representantes, la funcionaria dijo que este hipotético sistema contrasta con la formación misma de la Función Judicial, compuesta por sus diferentes órganos que son los llamados a integrar el CJ a fin de garantizar la independencia en la justicia.

Maldonado indicó, de igual manera, que es paradojal que la Fiscalía solicite salir del ámbito de control del CJ y al mismo tiempo reclame la posibilidad de proponer candidatos para conformar el organismo. Excluir de este proceso a la Corte Nacional, máximo órgano de administración de justicia ordinaria en el país, así como a la Defensoría Pública, sería un error.

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La presidenta afirmó que lo correcto es mantener el procedimiento actual de conformación del CJ, con cinco delegados, provenientes de la Fiscalía, de la Defensoría Pública, del Ejecutivo, del Legislativo y de la CNJ.

Ante el planteamiento de reforma a la estructura y organización de la Fiscalía del Estado, manifestó que esta pretensión debe ser debatida en derecho a fin de evitar todo riesgo jurídico. Se subraya que la Fiscalía siempre ha gozado de autonomía, de acuerdo con el artículo 194 de la Constitución.

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También indicó que hay una confusión de los términos autonomía e independencia. “En cada uno de nuestros actos hemos precautelado la independencia judicial y también la autonomía de los órganos, tal como lo concibe la Constitución de la República”, aseveró.

Bajo estas consideraciones, Maldonado expresó que la propuesta del pleno del CJ es que la Fiscalía General del Estado siga siendo un órgano de la Función Judicial, contribuyendo plenamente al sistema de justicia. “Si es preciso dotar de mayor autonomía, que sea el legislador el que establezca con precisión los límites de dicha autonomía, para que el Consejo de la Judicatura esté obligado a observarlos”, sostuvo.

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Maldonado dijo que el Consejo de la Judicatura está en una decidida lucha contra la corrupción a nivel de la Función Judicial.

FUENTE: Consejo de la Judicatura del Ecuador (Quito), mediante boletín con firma de su Dirección Nacional de Comunicación.
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