Las ganancias o utilidades de una empresa son el saldo que le queda luego de restar todos los gastos en que ha incurrido para su gestión durante un año. Esas utilidades, según la normativa legal ecuatoriana, deben repartirse así: 85 % para los dueños de la empresa y 15 % para todos sus trabajadores.

El pago de la parte que corresponde a los trabajadores debe hacerse hasta el 15 de abril del año siguiente al de las ganancias. En el caso de las utilidades generadas durante el 2021 deben pagarse el próximo mes, motivo por el cual publicamos esta información que proporciona algunas claves para sacarle el máximo provecho a las utilidades que usted reciba.

Los empleados en Ecuador, que trabajan en relación de dependencia para empresas del sector privado, deberán recibir un pago por concepto de utilidades hasta el 15 de abril del 2022.

Según lo estipula el Código del Trabajo, el empleador debe repartir entre sus trabajadores el 15 % de las utilidades líquidas o netas. De ese porcentaje, el 10 % se distribuye de forma igualitaria a todos los trabajadores o extrabajadores, según su tiempo de permanencia en la empresa. El 5 % restante se repartirá de acuerdo con el número de cargas familiares que tenga cada empleado.  

Para Karina Díaz, experta en educación financiera de Fundación CRISFE, las utilidades son recursos para cumplir metas, disminuir las deudas, invertir, cuidar y mejorar sus finanzas. Por ello, para aquellas personas que recibirán este ingreso extra, es indispensable repensar sobre la administración adecuada de estos recursos.

Cifras del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) revelan que el promedio de trabajadores registrados bajo relación de dependencia en el ámbito privado, de julio a diciembre del 2021, fue de 1´852.712. Sin embargo, no todos recibirán utilidades, ya que dependerá de si su empleador las generó en el ejercicio fiscal 2021.

Por ejemplo, en el 2021, según el Ministerio del Trabajo, 1´528.954 personas recibieron utilidades correspondientes al periodo 2020; con este antecedente, si se proyectan las cifras del año pasado, un 83 % del total de empleados dependientes sería candidato a recibir este derecho.

La especialista de CRISFE sugiere a los trabajadores que reciban utilidades, esta fórmula de distribución de las utilidades:

  • 10 % para el consumo.
  • 30 % para crear un fondo de ahorro por posible disminución o pérdida de ingresos.
  • 30 % para el pago de deudas o cumplimiento de metas.
  • 30 % para aprovechar oportunidades de inversión.

Antes de dar un destino a las utilidades, es importante responder a las siguientes preguntas clave: ¿Si en este momento cambia mi situación financiera, tengo los recursos económicos suficientes para vivir al menos tres meses manteniendo el mismo estilo de vida? ¿Tengo compromisos financieros que me cuesta cumplirlos o no los puedo cumplir? ¿Siento incertidumbre por el futuro, cuando me retire y deba vivir del fondo de jubilación? ¿Algunas metas financieras están pendientes de cumplir?

Con este autodiagnóstico se podrá decidir de una mejor manea el uso de las utilidades, priorizando el cuidado de su salud financiera; es decir, cumplir con un círculo virtuoso de ahorro, control de gastos, cancelación de compromisos financieros y planes de inversión para cumplir esas metas pendientes, darse ese gustito que estaba en pausa y proyectar las finanzas a largo plazo”, agrega Díaz.

Por ello, la Fundación CRISFE brinda una guía rápida de cómo sacar provecho a este ingreso e invita a visitar el portal www.consejosfinancieros.org.ec para conocer más sobre manejo de finanzas personales y familiares:

  • Realice un diagnóstico real de su situación financiera.
  • Identifique metas de corto, mediano y largo plazo.
  • Elabore un plan de uso de utilidades.
  • Priorice el pago de deudas y/o cumplimiento de metas.
  • Incremente o cree un fondo de ahorro para el retiro.
  • Invierta y genere ingresos adicionales.

FUENTE: Esta información llegó a REVISTA DE MANABÍ por medio de la Agencia ICARE Comunicación (Quito, Ecuador), con firma de Ligia Cueva (099 593 7584).

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