Después de la reunión convocada el domingo 24 de abril del 2022 por el presidente de la República del Ecuador, Guillermo Lasso Mendoza, para evaluar las últimas decisiones jurisdiccionales que han generado polémica en el país, el presidente del Consejo de la Judicatura, Fausto Murillo Fierro, y el presidente de la Corte Nacional de Justicia, Iván Saquicela Rodas, dirigieron una carta a la Corte Constitucional del Ecuador (CC), para que “aclare el alcance y se limite el habeas corpus”.

Las “decisiones jurisdiccionales polémicas” son la libertad del expresidente Jorge Glas Espinel y la de un supuesto líder de la banda criminal “Los Choneros”, que en ambos casos fue conseguida mediante un recurso de habeas corpus.

En la misiva que la Judicatura y la Corte Nacional de Justicia remitieron a la Corte Constitucional, se solicita a la presidenta de esta última, Alí Lozada, encontrar soluciones concretas a los siguientes temas:

1.- Que por vía jurisprudencial se aclare el alcance y se delimite el habeas corpus, para eliminar elementos discrecionales que den paso a abusos.

2.- Que se revierta aquel precedente jurisprudencial que impide iniciar procesos de prevaricato con relación a decisiones judiciales sobre garantías constitucionales.

3.- Que se revisen los límites a las potestades disciplinarias del Consejo de la Judicatura, en particular restituyendo la facultad de actuar de oficio en caso de negligencia manifiesta.

Los remitentes ven abuso constitucional

En el documento, Murillo Fierro y Saquicela Rodas dicen que durante las últimas semanas han presenciado una serie de decisiones judiciales que denotan un abuso de acciones constitucionales, como el habeas corpus, que son de conocimiento público.

Aseguran que una garantía constitucional, como el habeas corpus, constituye una valiosa institución jurídica que no puede ser convertida en un instrumento para la impunidad del narcotráfico, la corrupción y el crimen.

Sabemos que no ha sido jamás la intención de la Corte Constitucional, en sus fallos fundamentados, en el más estricto apego al derecho, que eso suceda”, indican en la carta ambos funcionarios.

Fausto Murillo e Iván Saquicela indican que ha llegado el momento de que las instituciones jurídicas den una respuesta a una realidad innegable, que ha derivado en el extensivo abuso de la garantía jurisdiccional del habeas corpus.

Los dos funcionarios judiciales han manifestado que el Consejo de la Judicatura y la Corte Nacional de Justicia, en el marco de sus competencias, llevarán adelante todos los procesos para sancionar a aquellos funcionarios que se presten para servir a la impunidad.

En aquella reunión con el presidente Lasso, que se desarrolló en Guayaquil, también participaron la fiscal general del Estado, Diana Salazar; los ministros, del Interior, Patricio Carillo y, de Gobierno, Francisco Jiménez; el consejero presidencial, Aparicio Caicedo; el secretario de Comunicación, Eduardo Bonilla; el secretario jurídico de Presidencia, Fabián del Pozo, entre otros.

La carta está demás, dicen opiniones independientes

En la red social Twitter se han expresado algunas opiniones de juristas independientes, quienes hacen notar que el habeas corpus está perfectamente definido en la Constitución de la República, e incluso en fallos anteriores de la propia Corte Constitucional, por lo que hallan demás la carta mencionada.

El habeas corpus

Según consta en Wikipedia, “El habeas corpus (castellanizado como hábeas corpus, hasta 2010, ahora considérese errónea) es una institución jurídica que obliga a que toda persona detenida sea presentada en un plazo preventivo determinado ante el juzgado pertinente, quien podría ordenar la libertad inmediata del detenido si no encontrara motivo suficiente de arresto.

Este término proviene del latín habeas corpus [ad subiciendum] ‘que tengas [tu] cuerpo [para exponer]’, «tendrás tu cuerpo libre», siendo habeas la segunda persona singular del presente de subjuntivo del verbo latino habēre (‘tener’). O puede ser llamado igualmente como «cuerpo presente» o «persona presente».

La institución del habeas corpus permite evitar arrestos, detenciones arbitrarias, torturas y asesinatos parajudiciales (véase terrorismo de estado y ley de fugas), asegurando los derechos básicos no solo de ser escuchado por la justicia y saber de qué se le acusa, sino de ser retenido por un tiempo razonable en condiciones tales que esté alimentado, sano y, por descontado, vivo y con derecho a reclamar la asistencia y protección de un abogado pagado o de oficio. También puede decirse que tutela los derechos fundamentales derivados de la vida y la libertad frente a cualquier acto u omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona que pueda vulnerar dichos derechos.”

FUENTES: Consejo de la Judicatura (Quito, Ecuador), mediante boletín con firma de su Dirección Nacional de Comunicación Social. / Wikipedia, la ‘enciclopedia libre’ en Internet.

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