Buscando impulsar las reformas legales que permitan agilitar el proceso de pago de pensiones alimenticias a niñas, niños y adolescentes separados de sus padres, el presidente del Consejo de la Judicatura, Gustavo Jalkh, y la presidenta de la Asamblea Nacional del Ecuador, Elizabeth Cabezas, se reunieron y cruzaron ideas este lunes 2 de abril en la sede parlamentaria en Quito.
Jalkh explicó que es necesario reformar el artículo 137 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) para que, en caso de que existan dos o más pensiones impagas, el juez pueda emitir inmediatamente la boleta de apremio contra el deudor y luego convocar a una audiencia en la que se establezca la voluntad real de pago.

Actualmente, por una disposición de la Corte Constitucional, cuando existen pensiones alimenticias pendientes se convoca primero a una audiencia en la que se dictan las medidas de apremio. Esto ha implicado que la Función Judicial tenga que atender 5000 audiencias adicionales por mes, así como retrasos en el cumplimiento de las diligencias.
En septiembre de 2017, el CJ ya presentó esta propuesta a la Comisión de Justicia de la Asamblea. “Podríamos resolver esta situación con más jueces, pero eso significaría un peso presupuestario adicional para el erario nacional; por eso planteamos un cambio puntual que nos permitirá ser ágiles en la determinación de las boletas de apremio y de la buena fe del obligado”, señaló Jalkh.
Tras la reunión, la presidenta de la Asamblea ratificó su interés por dar el impulso necesario a las reformas orientadas a garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes.
En su cuenta de twitter @elizcabezas indicó que en el diálogo con Jalkh también se analizaron las propuestas de reforma que el CJ ha formulado para el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Al respecto, Gustavo Jalkh recordó que se plantea ajustes a la aplicación del proceso abreviado. El objetivo es que solo los delitos sancionados con hasta cinco años puedan derivarse a este procedimiento.
De igual manera, se sugiere reformar el texto relacionado con la rebaja de penas que se aplica por el mismo proceso. “La redacción actual puede dar paso a interpretaciones equivocadas, en las que la rebaja de penas puede ser extremadamente alta y la reducción debe ser solo de hasta un tercio de la pena”, indicó Jalkh.
Agregó que, adicionalmente, se propone que cuando exista un dictamen fiscal abstentivo, este suba a consulta de la instancia superior, siempre que se trate de delitos penados con más de cinco años. Actualmente, esta disposición rige solo para los delitos que superen los 15 años de pena.
“Nuestra propuesta es que se suba en consulta al fiscal superior para eliminar ciertos márgenes de discrecionalidad y verificar si el dictamen está debidamente sustentado”, señaló.